Son ayudas destinadas a la mejora de la eficiencia energética de vivienda unifamiliar, residencial colectivo, edificios de uso administrativo, sanitario, docente, cultural, etc… en sistema de concurrencia competitiva simplificado y sometido a criterio de caja.
El coste mínimo de la intervención será de 12.000,00 €. Y el máximo subvencionable será de 500.000,00 €, incluso 1.000.000,00 € en casos excepcionales.
– Tipología de actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica:
Se trata de reducir la demanda energética mediante la mejora de los aislamientos de paredes a exterior y/o a estancias sin calefactar. También serían objeto de mejora aislamientos de cubiertas o cambios de carpintería, así como intervenciones de arquitectura bioclimática.
Puede ser una actuación integral o parcial, siempre siguiendo los criterios establecidos en el Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE del Código Técnico de la Edificación.
Se subvencionarán hasta 6.000 €/vivienda en adjudicación de concurrencia competitiva.
– Tipología de actuación 2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
Se subvenciona el cambio de las instalaciones de calor para Agua Caliente Sanitaria o calefacción por sistemas de captación solar. Han de estar sometidas a las indicaciones recogidas en el RITE.
Se subvenciona hasta el 35% del coste. Existe una ayuda adicional con criterios sociales, de ahorro energético o de actuación integrada.
– Tipología de actuación 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
La energía geotérmica es un sistema de calentamiento de fluidos para ACS y calefacción que consiste en conducir los fluidos o bien a altas profundidades bajo tierra o en una gran superficie enterrada para aumentar o mantener la temperatura de los mismo. La instalación estará sometida a las indicaciones recogidas en el RITE.
La ayuda base será del 35% en de todos los constes de la instalación. Existe una ayuda adicional con criterios sociales, de ahorro energético o de actuación integrada.
– Tipología de actuación 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
Esta tipología contempla la instalación de una caldera de biomasa para el ACS y/o la calefacción, de acuerdo con las indicaciones recogidas en el RITE.
La ayuda base será del 35% de todos los constes de la instalación. Existe una ayuda adicional con criterios sociales, de ahorro energético o de actuación integrada.
– Tipología de actuación 2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las tipologías 2.1 y 2.3.
Mejoras de instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación, producción de ACS y climatización de piscinas, siempre dentro de las indicaciones recogidas en el RITE.
La ayuda base será del 35% de todos los constes de la instalación. Existe una ayuda adicional con criterios sociales y de ahorro energético.
– Tipología de actuación 2.5. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
Sistemas de control y regulación de las instalaciones de climatización destinadas al ahorro. Toldos, cortinas, termostatos, control remoto, programadores, control de ventilación, control de agua, circuitos de recuperación y monitorización.
La ayuda base será del 35% de todos los constes de la instalación. Existe una ayuda adicional con criterios sociales y de ahorro energético.
– Tipología de actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Potencia de la nueva instalación de 10kWe en viviendas y 40kWe en el resto. Iluminación y sistemas de control de la iluminación artificial o natural.
La ayuda base será del 15% de todos los constes de la instalación. Existe una ayuda adicional con criterios sociales y de ahorro energético.
CONDICIONES Y PRESENTACIÓN:
Se presentarán las solicitudes hasta el 31 de julio de 2021 en https://aplicaciones.aragon.es/…/ayudas-pree…, accesible en https://www.aragon.es/tramites.
Aclaraciones en planificacionenergetica@aragon.es para las condiciones de la ayuda y soportesae@aragon.es para los sistemas informáticos.
Solicitará el propietario de la edificación objeto de la ayuda que deberá de estar al corriente de pagos con la administración y firmará la declaración responsable para poder acceder a sus datos desde la administración. El propietario podrá ser una persona física, o jurídica, pública o privada.
Se concluirán los trabajos objeto de la subvención en un plazo de 18 meses desde la comunicación de la adjudicación, y se justificará hasta 3 meses tras concluir trabajos con la presentación de facturas y pagos de todos los conceptos subvencionables, trabajos, honorarios y tasas. Se realizará el pago tras la revisión de la documentación y las posibles subsanaciones.
Las personas jurídicas y las físicas que desarrollen una actividad han de mantener una contabilidad diferenciada.
Se comunicará cualquier otra ayuda recibida, así como estar en un entorno comprendido como Área de Rehabilitación y Regeneración Urbana.